
La resistencia del presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, a aprobar una reforma laboral de calado ha vuelto a sembrar dudas en los mercados. El spread de la deuda española frente a la alemana alcanzó ayer los 190 puntos. Esta es la razón por la que los técnicos que elaboran el decreto que se aprobará el día 16 han propuesto convertir en ley la jurisprudencia laboral del Tribunal Supremo. Esto supone facilitar el despido por causas económicas. El mercado no se fía de la capacidad de España de combinar su disciplina fiscal con el crecimiento y pide un tipo de interés más alto que a otros países que están en procesos similares. Los inversores piden más cuando perciben mayor riesgo de impago, aunque en en caso de España se mantiene con la máxima nota crediticia en el caso de la agencia de calificación Moody´s y en el segundo escalón más alto para Standard & Poor´s y Fitch, que lo rebajó hace una semana. Estas dudas se reflejaron en la Bolsa. Los primeros borradores del decreto no incluían la transposición a una ley de la jurisprudencia laboral. Sin embargo, la presión de los mercados es muy fuerte. Esto supone una reforma con mayores facilidades para el despido objetivo por causas económicas, que contempla una indemnización de 20 días por año trabajado. En los últimos borradores se ha incluido suprimir el plan de viabilidad que se exige en la actualidad a la empresa y que dificulta enormemente el proceso. Así simplemente bastaría con presentar los últimos balances de la empresa. Esta modificación acabaría con la situación actual en la que es prácticamente imposible para una empresa demostrar que atraviesa dificultades. De hecho, en tres cuartas partes de las demandas que se presentan el juez da la razón al trabajador con el argumento de que la empresa no ha podido demostrar sus problemas. Los sindicatos son conscientes de que esta situación existe, y en privado afirman que están de acuerdo en aceptar un procedimiento abreviado del despido objetivo para facilitar los trámites. Con la legislación actual a la empresa le resulta más rentable acogerse al llamado ‘despido exprés’ creado en la reforma de 1997. Pacta un despido improcedente con 45 días por año trabajado y no tiene que dar explicaciones. Nueve de cada diez despidos en el 2009 se han hecho así. La transposición de las sentencias del TS también supone que las empresas en suspensión de pagos puedan aplicar despidos de 20 días por año. Además permitiría añadir nuevas causas al despido como el absentismo. Por último, supone sacar de la Audiencia Nacional los despidos colectivos. También se creará un fondo para abaratar el despido con el modelo austriaco. El Gobierno no quiere un un enfrentamiento total con los sindicatos, por esta razón trata de compensar esta decisión penalizando la contratación temporal. En este sentido se barajan varias alternativas, desde endurecer las condiciones de despido (actualmente 8 días por año trabajado) hasta la subida en dos puntos de las cotizaciones sociales que pagan. Esta subida iría acompañada de una rebaja en un punto para los contratos indefinidos. Tal como explicó ayer RNE también se baraja limitar los contratos de obra y servicios a dos años. Esto supone una traba adicional para la contratación temporal. Por último se estudia endurecer las subcontratas, para reducir el fraude. (La Vanguardia, 04-06-2010) |
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