
Hace unas semanas en este mismo Blog anunciamos el recurso interpuesto por un establecimiento , al ser multado por rotular su letrero en castellano. Ahora la jueza María José Moseñe Gracia, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Barcelona, ha sentenciado que es legal la multa de 400 euros con la que la Agencia Catalana del Consumo de la Generalidad sancionó al empresario Manel Nevot por colocar un rótulo en su negocio en el que señalaba ‘FINCAS NEVOT API Compra venta, pisos, locales, solares, rústicas’.
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